Durante la audiencia, el abogado Saiy Fara —defensor de Altamirano— propuso un acuerdo de reparación integral para concluir de manera “armoniosa y pacífica” la causa. Ofreció el pago de $100.000, además de continuar con un tratamiento psiquiátrico en el Hospital Madre Catalina Rodríguez, tratamiento que ya había iniciado antes de la audiencia, dado que al momento de cometer el delito el imputado se encontraba bajo los efectos del consumo de estupefacientes.
El Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal adjunta Silvina Argüello, solicitó que el tratamiento tenga una duración mínima de tres meses y que el pago se concrete dentro del mes de junio o, a más tardar, durante la primera semana de julio. Asimismo, informó que la querella —a cargo de Julio César Funes—, si bien no estuvo presente en la audiencia, fue notificada y manifestó su conformidad con la reparación integral ofrecida.
La propuesta fue aceptada por todas las partes y homologada por el juez. Una vez cumplidas las condiciones, la causa podrá ser sobreseída y archivada.
EN POCAS PALABRAS
Cuando el imputado pague los $100.000 y cumpla con el tratamiento psiquiátrico por al menos tres meses, el juez podrá dictar el sobreseimiento, es decir, cerrar definitivamente la causa penal. A partir de ese momento, el expediente se archiva y ya no se podrá continuar ninguna acción penal por ese hecho.
¿QUÉ ES LA REPARACIÓN INTEGRAL?
Es un mecanismo previsto por el Código Procesal Penal de San Luis que permite resolver conflictos penales de menor gravedad mediante un acuerdo entre la persona imputada y la víctima. Este acuerdo debe ser homologado por un juez y puede incluir el pago de una suma de dinero, la devolución de lo sustraído, la prestación de servicios o compromisos de asistencia médica o terapéutica, entre otras condiciones. Si el imputado cumple con lo pactado, la causa puede finalizar sin necesidad de llegar a juicio.
Fuente Periódico judicial.